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64 Consultas Legales a Primera consulta legal gratis

  1. manu dijo:

    Hola bienas días, para pedir la nocionalidad por casarse por española, ¿supone un problema el hecho de no tener la misma direccion de residencia?
    vivimos juntos pero la residencia la tengo en otro lugar y no la cambie.

    Gracias

    • Abogado extranjeria dijo:

      Hola Manuel, para consultas legales gratuitas relativas a nacionalidad española proceda por favor a realizarlas en la web http://www.nacionalidadespañola.com.es. No obstante procedo a resolver su duda: efectivamente el hecho de no estar empadronado con su mujer puede ser interpretado por el funcionario instructor de su expediente de nacionalidad como un signo de posible fraude (matrimonio de convivencia) pese a que éste realmente no lo sea. De hecho en la práctica es una de las cosas que suelen mirar para determinar estas posibles situaciones de fraude. Por tanto desde nuestro despacho le aconsejamos que procedan a unificar su residencia usted y su mujer para una apareiencia de buen derecho (Bonus Fumi Iure). Espero haber resuelto sus dudas

      Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

      Claudia Yataco
      http://www.abogadosdeextranjeria.com
      807 464 712

  2. paulina dijo:

    Hola.

    Tengo una pregunta, yo tengo mi 1era tarjeta de residencia por arraigo familiar, en la cual dice “no autoriza a trabajar’” y hay una persona que me quiere contratar, puedo con esa tarjeta o que tengo que hacer? Y para renovarla como puedo hacer?
    Gracias

    • Abogado extranjeria dijo:

      RESPUESTA

      Estimada Paulina,
      Al parecer existe un error en el planteamiento de su consulta, toda vez que la nueva figura de arraigo familiar lleva aparejada una autorización de trabajo por cuenta ajena en España. El arraigo familiar es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se concede a ciudadanos extranjeros que se hallen en España y sean padre o madre de un menor de nacionalidad española, o sean hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.
      En caso que usted se refiera a que haya obtenido su residencia por reagrupación familiar, originalmente se les prohibía trabajar, no obstante la última reforma de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, establece en su artículo 19 que la autorización de residencia por reagrupación familiar de la que sean titulares el cónyuge e hijos reagrupados cuando alcancen la edad laboral habilitará para trabajar sin necesidad de ningún otro trámite administrativo. Por lo tanto, las personas que se encuentren en esta situación no deben solicitar un cambio de su tarjeta, ya que al reunir dicha condición, aunque no figure en la misma una mención expresa, por aplicación directa de la referida legislación, tienen habilitación para trabajar sin ningún otro trámite.

      Un saludo.

      Claudia Yataco
      http://www.abogadosdeextranjeria.com
      807 464 712

  3. elguspiri dijo:

    hola mi consulta es la siguiente:
    el 29 de julio cumplo 4 años aqui en españa, estoy de forma irregular ( sin papeles, pasaporte de turista)
    tuve una orden de expulsion, la cual fue archivada ya que me encontraba embarazada.
    tengo 2 hijos nacidos aqui en españa de 2 años 7 meses y de 4 meses.
    mi novio es español y padre de mis hijos, vivimos juntos.
    puedo pedir la tarjeta de residencia ( por arraigo familiar ) o como la puedo pedir.
    que documentacion me hacen falta para elloedido un certificado de antecedentes penales a mi pais ( chile ).
    es necesario que un abogado tramite la tarjeta de residencia ola puede tramitar uno mismo.
    cuanto mora la tramitaci de ltarjeta de residenca hasta obtenerla.
    espero su respuesta y muchas gracias por ayudar a personas como nosotros (extranjeros)

    • Abogado extranjeria dijo:

      RESPUESTA
      Al ser madre de dos niños de nacionalidad española, puede gestionar el ARRAIGO FAMILIAR. La documentación a presentar es la siguiente:
      - Impreso de solicitud en modelo oficial (EX-10) debidamente cumplimentado
      - Copia del Pasaporte completo, título de viaje o cédula de inscripción con vigencia mínima de cuatro meses.
      - Certificado de antecedentes penales expedido por las Autoridades del país o países en que haya residido durante los cinco últimos años anteriores a la entrada en España. En el caso suyo, deberá tramitarlo en Chile ante las autoridades correspondientes, de manera personal o vía poder notarial.
      -Documentación acreditativa del vínculo familiar y la nacionalidad, es decir los Certificados de nacimiento de los menores en el que conste el vínculo familiar y la nacionalidad española de dichos menores.

      Podrá presentar la solicitud de manera personal o por su abogado previa autorización, ante la Oficina de Extranjería del lugar de su residencia. El plazo de resolución de la solicitud es de 3 meses contados a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada. Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya practicado la notificación, se podrá entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.

      Finalmente mencionar que la concesión de la autorización de residencia, autoriza a trabajar por cuenta ajena en España.

      Reciba un cordial saludo.

      Jose Garcia
      http://www.abogadosdeextranjeria.com
      807 464 712

  4. elguspiri dijo:

    hola mi consulta es la siguiente:
    el 29 de julio cumplo 4 años aqui en españa, estoy de forma irregular ( sin papeles, pasaporte de turista)
    tuve una orden de expulsion, la cual fue archivada ya que me encontraba embarazada.
    tengo 2 hijos nacidos aqui en españa de 2 años 7 meses y de 4 meses.
    mi novio es español y padre de mis hijos, vivimos juntos.
    puedo pedir la tarjeta de residencia ( por arraigo familiar ) o como la puedo pedir.
    que documentacion me hacen falta para ello e pedido un certificado de antecedentes penales a mi pais ( chile ).
    es necesario que un abogado tramite la tarjeta de residencia ola puede tramitar uno mismo.
    cuanto se demora la tramitacion de ltarjeta de residenca hasta obtenerla.
    espero su respuesta y muchas gracias por ayudar a personas como nosotros (extranjeros)

  5. Pamela dijo:

    Hola, mi consulta es respecto a reagrupacion familiar , tengo 20 años tengo la nacionalidad española y no trabajo i tengo una hija a mi cargo vivo con mi madre i dependo de ella queria saber si io podria hacer la reagrupacion al padre de mi hija si necesito mas cosas de lo que me piden en los requisitos de la reagrupacion nose que podria hacer espero que me podais ayudar muchas gracias

    • Abogado extranjeria dijo:

      RESPUESTA
      Estimada Pamela,
      No nos indica en su consulta si el padre de su hija es cónyuge o pareja de hecho, pues sólo en esos supuestos puede tramitar la reagrupación en régimen comunitario. Dicho trámite se solicita ante el Consulado de España del país de residencia, y la documentación que se solicita es la siguiente:

      - Formulario de solicitud debidamente cumplimentado
      - Una fotografía tamaño pasaporte en color
      - Pasaporte o título de viaje en vigor
      - Fotocopia compulsada del DNI (ciudadano español reagrupante)
      - Justificante de empadronamiento actualizado del reagrupante en España
      - Carta simple del ciudadano español dpnde conste su petición de que se expida visado a su familiar extranjero porque su familiar se va a reagrupar con él en España.
      - Para el caso del cónyuge, si el matrimonio se inscribió en el Registro Civil Consular hace menos de nueve meses, Libro de Familia .Si el matrimonio se inscribió en el Registro Civil Consular hace más de nueve meses, partida literal de matrimonio expedida por el Registro Civil Central de España, con fecha de expedición inferior a tres meses.
      - En el caso de Pareja de hecho, Certificado de pareja de hecho inscrito en un Registro público establecido a esos efectos en un Estado miembro de la Unión Europea.

      Finalmente, podrá requerirse al solicitante cualquier documento adicional que se considere necesario, como por ejemplo la existencia de medios económicos. Asimismo, el solicitante también podrá ser requerido para ser entrevistado por el personal de la Oficina Consular.

      Reciba un cordial saludo.

      Claudia Yataco
      http://www.abogadosdeextranjeria.com
      807 464 712

      • Pamela dijo:

        Bueno pronto nos casaremos , pero si llegasen a pedir la existencia de medios economicos que podria presentar si yo no trabajo y vivo con mi madre . El tiempo que tarda en confirmarse o deegarse este visado de cuanto seria. Gracias

        • Abogado extranjeria dijo:

          Hola Pamela lamento comunicarle que si no dispone de ingresos de ningún tipo no purde probar los medios economicos suficientes para hacer una reagrupación económica por lo que le va a ser denegada su solicitud salvo que subsane dicho requisito. En la práctica se exige por cada reagrupado que como mínimo tenga ingresos por valor del doble del Indicador Publico de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)

          Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

          R. Lachaga
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  6. alejandro dijo:

    hola quiero saber cuanto tiempo de contrato de trabajo se necesita para reagrupar mi conyuge y si hay q tener nominas de anteriores meses muchas gracias

    • alejandro dijo:

      yo apenas este año hise hacienda y me devolvieron 181 euros hay algun problema con eso o asi puedo reagrupar y por cuanto tiempo tiene q ser el contrato de trabajo

      • Abogado extranjeria dijo:

        Como ya le respondí anteriormente los criterios para obtener la reagrupacion familiar son el tiempo de permanencia legal en España y el minimo de ingresos establecidos legalmente que como ya le indiqué asciende a 799 € por un reagrupado y no tendría peso a efectos de la concesión la devolución de la renta (que responde a distintos factores) o el tipo de contrato que son sin embargo elementos secundarios a la concesión.

        Si desea ampliar la información puede llamar al teléfono 807 464 712, no nos está permitido responder a mas de una consulta legal por usuario. También dispone de una última consulta gratis realizando su consulta directamente en nuestra pagina de facebook. Entre en http://www.facebook.com/extranjeriaabogados y haga click en “ME GUSTA” y formule su consulta legal en el muro la cual será contestada de forma detallada por un abogado especialista ese mismo día.

        C.Yataco

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    • Abogado extranjeria dijo:

      Estimado Alejandro,

      Si bien no nos indica el tipo de autorización de residencia que posee, suponemos que es una temporal y la reagrupación será bajo el régimen general (en el comunitario cambian las condiciones). Partiendo de esa premisa, usted deberá haber residido en España durante un año como mínimo y haber solicitado la autorización para residir por, al menos, otro año.Asimismo deberá acreditar entre otros requisitos contar con los medios económicos suficientes para atender las necesidades de su familia. La ley establece unos parámetros para proceder a la reagrupación, así para el caso de unidades familiares que incluyan dos miembros (reagrupante y reagrupado) se exige una cantidad mensual del 150 % del IPREM, que este año 2012 asciende a 799 euros.

      Sin otro particular, reciba un cordial saludo

      C.Yataco

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      • alejandro dijo:

        ahora mi pregunta es desde diciembre sali de mi trabajo hasta ahora en agosto q empieso mi contrato y con forme me lo den meto la reagrupacion de mi conyuge mi pregunta es si no me ponen problema por los meses anteriores q no eh trabajado o si no hay problema lo importante es lo q vaya a trabajar muchas grx

  7. ronnyer40 dijo:

    Hola, soy cubano.me case con una espanola ( en espana) y tome nacionalidad espanola. vivi 5 anos en espana y me vine a Miami hace 4 anos. no se nada de Ella ni siquiera se Si ya Estoy divorciado( de su parte) yo no he tomado action para divorciarme. puedo perder mi nacionalidad espanola?. gracias

    • Abogado extranjeria dijo:

      Estimado Ronnyer,

      Si efectivamente adquirió la nacionalidad española como me señala, el hecho de divorciarse no afecta su situación legal. Caso diferente es si usted tenía la residencia de familiar comunitario por matrimonio, en ese caso, al estar dicho status sustentado en el vínculo matrimonial, disuelto éste su situación si cambia y tendría que gestionar la residencia en régimen general en el plazo de seis desde el divorcio. Pero le repito, que según nos comenta no sería su caso.
      La pérdida de la nacionalidad únicamente se produce en los siguientes supuestos:
      -Después de adquirir la nacionalidad española si utilizan durante un plazo de tres años la nacionalidad a la que hubieran renunciado al adquirir la española.
      -Cuando entren voluntariamente al servicio de las armas o ejerzan un cargo político en un Estado extranjero contra la expresa prohibición del gobierno.
      -Cuando una sentencia declare que el interesado incurrió en falsedad, ocultación o fraude en la adquisición de la nacionalidad española.

      Reciba un cordial saludo

      C. Yataco
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  8. paola_18 dijo:

    hola, quisiera saber yo meti los papeles para una reagrupacion familiar para mi esposo lo meti el 29-05-2012 y no tengo ninguna respuesta en la pagina de extranggeria de alicante sale en tramite .. cuanto puede tardar?

    • Abogado extranjeria dijo:

      Estimada Paola:

      Con carácter general, la normativa vigente, obliga a la Administración a resolver en el plazo máximo de tres meses desde la presentación la solicitud, ahora bien, este plazo puede ser ampliado a seis meses si la Administración así lo cree conveniente. Por ello en la práctica suelen tardar aproximadamente entre seis y siete meses en resolver el expediente. Le recuerdo por otra parte, que la consulta de expediente a través de internet es con carácter meramente informativo. Lo importante y a lo que debe estar atenta, es a la notificación que le enviará la Administración a su domicilio ya sea concediendo o denegando el tramite.

      Reciba un cordial saludo.

      R.Lachaga.
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  9. alejandro dijo:

    hola buenos dias pueden ayudarme con q requisitos nesesito para presentar reagrupacion familiar a mi conyuge yo soy autonomo en la seguridad social por lo tanto no tengo contrato de trabajo

    en espera de sus respuestas muchas grx

  10. paola_18 dijo:

    buenas tardes quisiera saber e escuchado que cuando uno hace la reagrupacion familiar y pasa de los 3 meses es porqe esta denegado, sin tener respuesta ni en internet ni telefono aunk me acerke a extrangeria y me dijieron k por el verano las vacaciones y poca gente trabajando para mucho trabajo espero su respuesta gracias:(

    • Abogado extranjeria dijo:

      Estimada Paola,
      La Ley establece que en el caso de la Reagrupación familiar el plazo de resolución de la solicitud es de cuarenta y cinco días contados a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para tramitarlas. Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya practicado la notificación, se podrá entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo. No obstante debemos informarle que en la práctica dichos plazos no se cumplen, toda vez que la carga laboral en la oficinas de extranjería tiene como consecuencia continuos retrasos que se acentúan en periodo de vacaciones, tal como le han informado. De momento esperar unos meses más para obtener la resolución .
      Reciba un cordial saludo

      C.Yataco
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  11. Rodrigo Graue dijo:

    Hola, yo soy mexicano, mi novia y yo vamos a casarnos, ella tiene doble nacionalidad (mexicana y española) nació en México pero hija de español. ¿Puedo yo obtener la nacionalidad al casarme con ella aquí en México o tendríamos que casarnos en España?
    Gracias por su atención y su respuesta.

  12. NORA dijo:

    hola quisiera saber como puedo renovar la tarjeta de residencia por arraigo familiar(madre de hijo español)que me caduca a finales de noviembre ya que no cumplo con los requisitos ,al no haber trabajado en todo este tiempo .quisiera saber si puedo pedir solamente residencia y que requisitos me piden y si seria una nueva tarjeta o seria renovacion de la que me dieron por madre de hijo español.
    tambien quisiera saber si,podria en algun caso dejar caducar la tarjeta que tengo actualmente y volverla a pedir de nuevo?
    podria meter los papeles para volverla a pedir al dia siguiente de que se me caduque o tengo que esperar algun tiempo?
    gracias y un saludo

    • Abogados Extranjeria dijo:

      Respuesta: Estimada Nora,
      Reiterándole lo indicado en su anterior consulta, la única forma de modificar su residencia por circunstancias excepcionales a régimen de residencia, es acreditando solvencia económica en los parámetros indicados. De cumplir con dichas condiciones le otorgarían una nueva tarjeta.
      De otro lado si dejara caducar su actual residencia, podría iniciar nuevamente el trámite por subsistir las circunstancias que dieron mérito a la concesión del arraigo familiar, es decir por ser madre de hijo español. Considerando esta situación existen criterios para que a pesar de no cumplir con los requisitos para la modificación de la residencia, pueda ésta “prorrogarse”. No obstante, no existe un criterio general y dependería de los funcionarios de la Oficina de Extranjería la aplicación de la renovación como supuesto excepcional ante la ausencia de contrato y periodos mínimos de cotización.

      Un cordial saludo
      C.Yataco
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      • NORA dijo:

        gracias por la rapida contestacion ,pero no he visto en ningun sitio la contestacion al comentario anterior a este al que usted hace mencion,me podria decir por favor como localizarlo ya que me interesaria ver la respuesta.
        gracias de nuevo y un saludo

        • Abogados Extranjeria dijo:

          Le reproducimos la contestación que le dimos el 19-10…

          Estimada Nora,
          La autorización de residencia obtenida por arraigo familiar tiene vigencia de un año y a su término se podrá solicitar una autorización de residencia o una autorización de residencia y trabajo, según sea el caso y a condición que se cumplan con los requisitos establecidos legalmente.
          En ese sentido para solicitar una autorización de residencia y trabajo, deberá haber cumplido con los periodos mínimos de cotización al Sistema de Seguridad Social y presentar un contrato de trabajo. En su caso, en ausencia de contrato de trabajo y de cotización únicamente podrá solicitar la residencia no lucrativa, y para ello tendrá acreditar que dispone de medios económicos suficientes. La norma estima que sería unos 2000 euros mensuales, no obstante para el caso de otros procedimientos de renovación se exige un 100% del IPREM, esto es más de 500 euros mensuales, lo cual según nos comenta tampoco sería su caso, pues en un par de meses tendría una percepción económica mensual inferior.
          En consecuencia lo más probable es que le denieguen la renovación del permiso de residencia por circunstancias excepcionales, lo cual supone iniciar nuevamente la solicitud de arraigo familiar.
          Reciba un cordial saludo
          C.Yataco
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  13. mihaela dijo:

    hola soy de Rumania y tengo el NIE en formato A4 desde 2009 y mi pregunta es si puedo hacerme el NIE formato DNI y que tengo que hacer y los requisitos necesarios. Y tengo otra pregunta por los rumores que escucho de la gente es la siquiente: los rumanos pueden trabajar ahora con la nueva ley si tiene el NIE formato a4? Muchas gracias y espero quitarme las dudas

    • Abogados Extranjeria dijo:

      Estimada Micaela,
      Lo que usted tiene es el Certificado de Registro de ciudadano de la Unión europea, donde se consigna su número de identificación de extranjero, con un periodo de validez de 5 años. Llegado ese plazo tendrá que renovarlo en la Oficina de extranjeros de su lugar de residencia, por un certificado con un nuevo formato, parecido al DNI español.
      Efectivamente, a partir del 01 de enero de 2013 los ciudadanos rumanos podrán trabajar, pues el 31 de diciembre de 2012 termina la moratoria laboral, por la cual se exigía una autorización de trabajo previa para que los rumanos pudieran realizar actividad laboral.En consecuencia, a partir del próximo año bastará para formalizar su contratación la respectiva alta en la Seguridad Social.

      Un saludo
      C.Yataco
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  14. Tik dijo:

    Quiero solicitar la nacionalidad española por residencia, de hecho ya tengo cita previa en el registro civil. El problema que tengo es el siguiente:
    - No tengo pasaporte ya que no hice el servicio militar en Armenia y llevo desde los 14 años viviendo en España. Al no haber hecho el servicio militar los representantes de Armenia no me quieren renovar el pasaporte y tampoco proporcionar el certificado de antecedentes penales. En vez del pasaporte tengo cédula de inscripción y la renuevo anualmente.
    Para pedir la nacionalidad se debe presentar el certificado de antecedentes penales (el cual no puedo encontrar).
    La pregunta es si me podéis ayudar para gestionar mi solicitud, de qué manera (que solución) y por cuanto dinero?

    ¡Gracias!

    • Abogados Extranjeria dijo:

      Repuesta: Estimado Tigran,

      Para solicitar la nacionalidad por residencia, necesariamente deberá adjuntar a su solicitud su Pasaporte y el Certificado de antecedentes penales de su país de origen, debidamente traducido y legalizado. Dependerá si su cédula de inscripción es válida como cédula de identificación en ausencia de pasaporte, para que no tenga problemas y para ello es necesario tenerla a la vista.
      Lamentablemente el tema de los Antecedentes penales es un documento que tendrá que gestionarlo usted directamente, el cual deberá ser actualizado y emitido en su país de origen , o en su defecto tramitado en su Consulado.
      Nosotros tramitamos las solicitudes una vez que el recurrente tenga toda la documentación exigida en su poder, a fin de revisarla e impulsar su trámite.

      Reciba un cordial saludo

      C. Yataco.
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  15. concepcion caridad raimundez rodriguez dijo:

    hola un contrato de trabajo temporal y de rsidencia para un persona qesta en cuba puede ser denegado,aun habiendo presentado toda la documentacion solicitada para dicho contrato,habiendo abonado las tasas correspondientes en emigracion , dicho contrato ya hara 2 meses qse presento ..por favor espero su respuesta y muchas gracias…

    • Abogados Extranjeria dijo:

      Respuesta: Estimada Concepción,

      Una solicitud de autorización de residencia y trabajo en origen, puede ser denegada a pesar de haberse presentado toda la documentación, pues no sólo se trata de presentar los documentos exigidos sino que ellos se ajusten a las exigencias legales, como por ejemplo que el contrato cumpla con las condiciones de forma y fondo exigidos, que el empleador se encuentre al corriente de sus obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social, que el empleador tenga necesidad y capacidad económica para contratar, que se tenga en cuenta la situación nacional de empleo, de tal manera que el puesto de trabajo que se ofrece esté comprendido dentro del Catálogo de Profesiones de difícil cobertura, etc.

      En todo caso una vez emitida la Resolución en sentido que no conceda la autorización, siempre queda expedita la vía para recurrir la resolución, y siempre que se tengan fundamentos de hecho y de derecho para hacerlo.

      Reciba un cordial saludo

      C. Yataco.

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  16. Jose Antonio dijo:

    Hola,le comento…. yo soy español,me casé por poderes hace un mes aqui en españa,mi esposa y yo hemos pasado por todos los tramites y entrevistas,ella en la embajada de españa hizo la entrevista y la ratificacion fué favorable,la fiscalia de almeria tambien dió favorable,la juez de paz de mi pueblo nos casó…..le envie a mi esposa a colombia los documentos,entre ellos el libro de familia para que solicitara la visa,el dia 9 de este mes fué y todo estuvo bien,entregó la documentacion y mi esposa le preguntó al funcionario cuato tardarian en enviarle el pasaporte con la visa,y este le dijo que en 15 dias o menos……….
    Mi pregunta es la siguiente……puede la embajada de españa negar la visa a mi esposa? o es segura la aprovacion de la misma?
    Les agradeceria una respuesta.

    Gracias

    • Abogados Extranjeria dijo:

      Estimado José Antonio,
      De acuerdo a lo que nos comenta, si se ha dado cumplimiento con todos los requisitos y trámites establecidos, su esposa no tendría ningún problema para recoger el visado. Normalmente cuando se solicita la visa, si el funcionario no hace requerimientos adicionales o deniega de plano el trámite, la entrega del pasaporte por parte del interesado en el Consulado español, supone la concesión del visado.

      Reciba un cordial saludo

      C. Yataco.
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  17. milagros dijo:

    Hola nececito saber q tarjeta me corresponde ahora me dieron una por un año de permiso de residencia y trabajo por arraigo ,luego otra por dos q ya se me vence en diciembre y no se q me toca ,ni a donde ir me lo podria explicar por favor ,gracias y un cordial saludo

    • Jose Antonio dijo:

      Creo que es en la oficina de extranjeria donde tienes que pedir la renovacion o pedir la informacion.
      Espero sirva de ayuda.

    • Abogados Extranjeria dijo:

      Estimada Milagros,
      Después de la tarjeta inicial, viene una primera renovación que es la que usted tiene, luego la siguiente será la segunda renovación por dos años más y finalmente podrá gestionar la tarjeta de residencia de larga duración. La renovación de las respectivas autorizaciones se realiza, tal como lo ha venido haciendo ante la Delegación de Extranjería del lugar de residencia, durante los sesenta días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de la autorización. También puede presentar la solicitud ante la Oficina de Registro de cualquier órgano administrativo de la Administración General del Estado, o en las oficinas de Correos, en sobre abierto y por correo certificado, con indicación de la Oficina de Extranjería correspondiente a la tramitación.

      Reciba un cordial saludo.

      C. Yataco.
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  18. Bojan Mihaljevic dijo:

    Me interesa si el derecho de optar a la ciudadanía española después de dos años de residencia es válida también para latinoamericanos nacionalizados. Es decir, yo soy serbio pero que estoy actualmente tramitando la nacionalidad chilena – he residido allá por ocho años; mis padres ya son chilenos nacionalizados. La base para pedir la nacionalidad española es que ya llevo tres años en calidad de estudiante y luego investigador. Aprovecho de preguntar cuanto suele durar la resolución de la nacionalización, una vez entregada la solicitud. De antemano, muchas gracias.

  19. hicham dijo:

    Buenas necesito ayuda yo me case en mi pais en 2012 y en 2014 me daron la resulucion de la nacionalidad y quiero traer ami esposa fui al registro civil presente el acto matrimonio del extranjero y me dijeron q tarda muchu 2 aňos asta 3 y necesito ayuda por q mi esposa esta sola en casa necesito alguna manera .un saludu.

  20. gaston dijo:

    buenas tardes, les quiero consultar porque he presentado mis papeles el dia 04 de agosto y aun no tengo novedades. al momento de presentarlos el funcionario me dijo que no contara con el mes de agosto. tengo que entender que en noviembre me resolveran? muchas gracias!

  21. boutayna dijo:

    Hola buenas soy Boutayna d nacionalidad marroqui pero casa con un español y tengo la tarjeta comunitaria estamos trabajando los dos tenemos casa y vamos bien economicamente mi pregunta es quiero traer amis abuelos d marruecos a vivir comigo que son los Papeles k m harian falta o como los puedo traer??

  22. Esteban dijo:

    Hola buenos dias tengo una consulta de suma importancia soy peruano con tarjeta de residencia de larga duración ahora mismo estoy cobrando el desempleo mi esposa es peruana con nacionalidad española tenemos una hija nacida en territorio español como puedo hacer para poder traer en este caso a mi madre puede mi esposa solicitar la autorización de reagrupación además llevo casi 2 años con tramitación de mi nacionalidad española
    muchas gracias

  23. Angel dijo:

    Hola queria saber que requisitos economicos necesita un peruano para viajar a España, ya que me han comentado que se necesita tener una cuenta bancaria con ochomil euros a presentar en el Consulado, es esto correcto? O depende de los dias que vaya a viajar la cantidad de dinero a llevar? Saludos

  24. cristina dijo:

    soy paraguaya llevo 6 años en españa me he divorciado de mi marido hace 6 meses estubimos casado 4 años y ahora quiero traerle a mis 2 hijas menores que documentos nesecito para traerles estoy todavia viviendo con mi ex marido el divorcio fue un arranque de nervios pero siempre estamos juntos

  25. teresa dijo:

    Hola
    Soy teresa..tengo la tarjeta de permiso de residencia..en españa!.nesesito saber los que requisitos para reagrupar a mi hija es menor de edad..para podermela traer a españa
    Soy de nacionalidad BOLIVIANA.
    GRACIAS.

  26. Paola Castro dijo:

    Buenos dias,

    Soy ecuatoriana y acabo de obtener la nacionalidad española y quiero traer a mi madre de visita familiar a mi cada a traves de un visado para fimiliar comunitario y cuando ella este aqui solicitar la reagrupacion familiat

    Lo que necesito saber es que si los requisitos para visado familiar comunitario son iguales a los requisitos para visa shengen de corto plazo, ademas si necesitamos hacer carta de invitacion y si luego podremos hacer la reagrupacion si mi madre tienen 62 años.
    Espero vuestra respuesta y le agradezco de antemsno su atencion.

  27. Jose Emilio dijo:

    Buenas,

    Mi madre solicito la nacionalidad espanola de origen por la ley de memoria historica en el 2011 cuando yo todavia era menor de edad. Tengo ahora 22 y es cuando e recibido noticias de que mi madre se estaba haciendo estos tramites. Por lo cual, tengo posibilidad de solicitar la nacionalidad?

  28. ana dijo:

    Hola buenas tardes mi consulta es la siguiente soy ciudadana española vivo en las palmas de gran canarias y quiero hacerle la reagrupación familiar a mi hija que tiene 44 años y mi sobrina 23 años que viven en Cuba ,que documentación me haría falta para comenzar con los trámites,adonde tengo que dirigirme y que familiares se pueden reagrupar?, gracias.

  29. alex dijo:

    hola mi nombre es alex mi pregunta es mi mujer y yo somos extranjero (sin papeles) y tuvimos una niña aquí en España y ya la registrada en el registro civil pero quiero saber si ella tiene o tendra un estatus legal ya que nosotros no lo tenemos mi hija ahora tiene un año de nacida y no hemos echo ni un tramite

  30. lizett dijo:

    bueno quería saber sobre los requisitos de reagrupación familiar me dijeron q lo primero q tenia q tener era la tarjeta de residencia y a ver trabajado por lo menos 6 meses eso es cierto o tengo q esperar un año después q tenga la primera tarjeta y recién poder solicitar la reagrupación y queria igual saber cuanto tendría q tener de ingresos económicos para poder aser la reagrupación yo vivo aquí con mi esposo solo yo trabajo y recién voy a solicitar la primera tarjeta de residencia y queria traerle ami hija

  31. Pedro Alonso Diaz dijo:

    mi numero de expediente es el 021209-196492, quisiera saber en que estapa esta y que se puede hacer para acelerar el proceso.
    mi nombre es PEDRO LUTGARDO ALONSO DIAZ

  32. Lucia dijo:

    Hola quisiera saber yo estoy enferma y tengo la tarjeta de invalides cuento con la tarjeta de residencia de 5 años, tengo la pencion no contributiva que es de 360 mensuales mi esposo tiene la Nacionalidad española y mi hermana igual quiero saber que tengo que hacer para que mi madre de 62 años venga a España

  33. Laura Claros dijo:

    Hola, tengo 17 años el año pasado viaje a España solicitando Reagrupación familiar, ya en España junto a mi mama solicite la nacionalidad, por motivos de estudio tuve que volver a mi país (Bolivia), la semana pasada llamaron a mi mama avisándole que la nacionalidad ya había salido, ahora mi duda es: ¿que visa tengo que solicitar para viajar y concluir con los trámites de nacionalidad? Y ¿Cuáles son los requisitos?

  34. lorena dijo:

    vine de chile hace 10 años, con mi hijo, me case en España con un alemán, tengo tarjeta de residente régimen comunitario, mi hijo no tiene tarjeta de residencia, porque no he podido localizar al padre en chile para que me de la autorización que necesito para el arraigo familiar. Que otra cosa puedo hacer??

  35. lorena dijo:

    reagrupación familiar quería decir.

  36. Kevin Gustavo Godinez taracena dijo:

    TENGO arraigo

  37. Elen dijo:

    Buenas noches, mi pregunta es la siguiente : Quisiera saber por favor si la ley dictada por el gobierno español en el año 2014 con respecto a que los descendientes de judios sefardíes, expulsados en su momento de España hace tiempo atrás, puedan solicitar la nacionalidad o doble nacionalidad española. Quisiera saber si ésta ley es legítima, si está vigente en la actualidad, y de ser así, dónde hay que dirigirse o informarse para tramitar dicho documento. Es por mi madre mayor de setenta años, de nacionalidad uruguaya. Yo soy argentina, vivo en España y tengo mi documentación en regla, y mi deseo es poder traer a mi madre conmigo, y he supuesto que ésta sea una buena opción, ya que ella desciende de judíos sefardíes. Desde ya muchas gracias por su tiempo !!

  38. beatriz jara merchan dijo:

    soy ecuatoriana y viuda pero tengo la tarjeta comunitaria por estar casada diez años con mi esposo que paz descanse la cual me la tarjeta me otorgaron la tarjeta comunitaria hasta el 2023 y tengo un hijo de 16 años de la cual estubo aqui en españa y se fue el 06 / 02 /2013 el estaba con su tarjeta comunitaria la cual quiero saber como puedo hacer para volver a traerlo a el y mis padres ya que los quiero traer de paseo me gustaria saber que tengo quehacer para proceder en este caso de antemano le agardesco su atencion …

  39. Maria del pilar dijo:

    Hola quisiera que me explicaran lo siguiente.mi esposo y yo estamos en España somos cubanos el ciudadano y yo residente por 5 años después tenemos un hijo de 18 años que ya es ciudadano también,pero tengo otro hijo que no es de nuestro matrimonio y es huérfano de padre mi esposo lo ha criado desde que tenia 2 años y actualmente tiene 23 la pregunta es la siguiente como pudiera traerlo con nosotros para aquí para España gracias saludos pilar

  40. niurvis perez fernandez dijo:

    Hola mire usted soy cubana con nacionalidad española y mi esposo tiene residencia por 5años queriamos saber como podemos traer a mis hijos de cuba aqui a españa loa dos son mayores de edad y los mantenemos desde aqui pero queremos traerlos yo le puse una carta de invitacion y se la denegaron por favor nos pueden explicar como traerlos a españa esperaremos su respuesta un saludo

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