Consulta legal gratis: Hola,me gustaría poder comentaros mi caso y recibir ayuda:
El año pasado alquilé una viveinda en Madrid a través de una agencia inmobiliaria, el la entrega de llaves me dieron por error la llave del trastero en vez de la llave del buzón, segun ello no tengo derecho a usar el trastero, cambiaron la llave del trastero, deje dentro alguna propiedad mia, que posteriormente necesitaba usar y no pude, ya que no querian abrirme el trastero. Me corresponde pedir daños y perjuicios?
Por otro lado me dijero que, aproximadamente, los consumos de suministros oscilaban entre 60€ – 80€, llegando a pagar algunos meses 400€, puedo reclamar este aspecto?.
Finalemnte, pasado el año, prologamos el contrato un mes mas, poniendo fin al mismo.
Después de preguntarles en multiples ocasiones cuando me devolcerian la fianza y el deposito que en su dia les di, sin obtener respuesta, procedí a devolver las dos ultimas mensualidades, ya que me hacian el cobro por domiciliación bancaria para evitar que se quedaran con mi dinero, ya que no confiaba en su buena voluntad. Amenazaron con denunciarme si no les daba el dinero correspondiente a la fianza y al depósito, ya que incumplia el contrato, por lo quen accedí a darselo.
En la firma de la finalización del contrato, cuando revisaron la vivienda, se invetaron multiples deperfecto en en ningun caso existian, de algunos de ellos hay fotografias que lo justifican, me dijeron literalmente, que si no firmaba la finalización de contrato asumiendo estos desperfectos, ellos no me firmaban la finalización del contrato, quedando asi, el contrato de arrendameinto no finalizado, teniendoles que pagar mensualidades, aun cuando no este yo viviendo en el piso, por lo que firmé dicho documento. Entiendo que es coacción, si bien no cuento con testigos. Ademas de esto su actitud fue muy agresiva e inhumanda, llegandome a amenaza fisicamente, sin llegar a hacerlo.
Esto aconteció la primera semana se julio, la semana pasada recibí un mail de la agencia con un presupuesto de reparaciones casi equivalente al total de la fianza, el presupuesto solo incluia concepto e importe, redactado en un mail, sin mas, ni gacturas ni nada.
Justifican la no devolución de la fianza, como he dicho, por desperfecto que yo no he ocasionado, o bien ya estaban cuandoa entré a la vivienda.
Argumentan que la parte resptante de la fianza no me la daran hasta que no conprueben los suministros, cuando estos suministros han estado siempre, asociados a mi DNI, por lo que en el caso de quedar alun importe pendiente, la deuda seria mia con la compañia de suministros, no suya.
Le he pedido facturas de las reparaciones y no contestan, ni por tfno, ni por mail.
Que deberia hacer? que posibilidades tengo de lograr mis objetivos? que procedimiento seria el idoneo a seguir? que posibilidades tengo de solicitar lo que es mio? estos aspecto son indeznizables por daños y perjuicios?
Mi actual situación es de desempleo, por eso no he acudido a un abogado.
Estaria muy agradecido por vuestra ayuda.
Un saludo.
Nickname: L.y.L
Respuesta: Estimado Lyl, este portal es para resolución de consultas gratuitas en materia exclusiva de Extranjería (arraigo familiar principalmente). No obstante, de manera excepcional a su consulta, le informamos que los gastos ocasionados por los suministros deben ser acreditados, de tal manera que usted puede exigir dichos recibos, así como las facturas correspondientes a los desperfectos ocasionados una vez finalizado su contrato y que se aplicaron para descontarle la fianza. Para determinar a quién correspondía asumir las reparaciones (propietario o inquilino) deberá verse a detalle lo estipulado contractualmente, y en defecto en la legislación en materia civil y más específicamente en la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos, de 24 de noviembre. Debe tener presente que la obligación del arrendador de devolver la fianza nace en el momento de la entrega de las llaves del inmueble por el arrendatario.
La restitución de la fianza no tiene establecido un plazo concreto para ser efectiva, limitándose la Ley de Arrendamientos a establecer que si la devolución no se hubiese efectuado durante el periodo de un mes desde la entrega de las llaves, el saldo de la fianza devengará el interés legal. Por lo que le recomendamos que les envíe un burofax instándoles a empezar a devengarles ese interés legal y a posibles acciones legales si no le es devuelta la fianza.
Finalmente, de negarse el arrendador a cumplir con su obligación de devolución de la fianza el arrendatario puede proceder a su reclamación en vía judicial aunque si esta es inferior a 900 euros le sería mas aconsejable la vía de arbitraje.
Espero haber resuelto sus dudas, sin otro particular reciba un cordial saludo.
C.Yataco
807 464 712